Superliga: UEFA y FIFA ya tienen el auto del juez que prohíbe sancionar a Madrid y Barça
https://www.elconfidencial.com/juridico/2021-06-05/superliga-uefa-fifa-auto-juez-prohibe-sanciones_3116667/
La batalla judicial de la Superliga entra en una nueva fase. Casi un mes después de que Manuel Ruiz de Lara, juez titular del Juzgado n.º 17 de Madrid, remitiera a Suiza el auto con las medidas cautelares que prohíben a FIFA y UEFA la adopción de represalias contra los clubes fundadores del macroproyecto —Real Madrid y Barça, entre ellos—, ambos organismos ya han recibido oficialmente la notificación de dicha resolución,
según ha podido confirmar El Confidencial de fuentes jurídicas. Este
paso, aunque pueda parecer un simple formalismo, es de enorme
trascendencia procesal.
La notificación es importante por dos razones. En primer lugar, desde el punto de vista procedimental, porque con ella arranca el plazo de 20 días que tienen los demandados, FIFA y UEFA, para oponerse a las medidas cautelares adoptadas por el juez,
según establece el artículo 739 de la Ley de Enjuiciamiento Civil
(LEC). Si, en ese tiempo, la defensa de alguno de los dos organismos
presenta escrito de oposición, el juez deberá convocar a todas las
partes presentes en el procedimiento a una vista para que expusieran sus
argumentos. Tras la misma, dictará un nuevo auto manteniendo o alzando las cautelares en el plazo de cinco días.
En segundo término, y desde una perspectiva sustancial, la
comunicación pone a la UEFA en la tesitura de tener que elegir entre
paralizar el procedimiento sancionador contra Madrid, Barça y Juventus, los tres únicos clubes que no se han apeado del proyecto de la Superliga, o mantenerlo arriesgándose a ser condenada por el incumplimiento de una resolución judicial. Si opta por la segunda vía, el organismo europeo podría tenerse que enfrentar a consecuencias civiles, como el embargo de sus bienes o derechos, o incluso penales; sus responsables podrían ser acusados de un delito de desobediencia.
Según lo expresado en los últimos días por los propios responsables de
la UEFA —antes, eso sí, de haberse notificado el auto—, su intención es
la de mantener el expediente disciplinario abierto contra los tres clubes
que insisten en el proyecto. Las opciones que baraja son las de la
imposición de una cuantiosa multa o la exclusión de los equipos de la
próxima edición de la Champions League. Esta última
medida parece la alternativa preferida por el organismo, tal y como
manifestó esta misma semana el presidente de La Liga, Javier Tebas. "Más que sanción igual no hay inscripción", afirmó en una entrevista en Gol TV.
Posibles sanciones contra la UEFA
Si el juez Ruiz de Lara considera que la UEFA ha incumplido el auto de
medidas cautelares, los artículos 710 y 711 la LEC ponen a su
disposición las denominadas "condenas de no hacer", que
castigan a quien quebrante la prohibición de realizar determinada
actuación. En tal caso, establecen la norma, "se le requerirá (...) para
que deshaga el mal hecho, si fuere posible, indemnice los daños y perjuicios causados
y, en su caso, se abstenga de reiterar el quebrantamiento". En caso de
persistir, continúan los preceptos, deberá ser apercibido de incurrir en un delito de desobediencia a la autoridad judicial y se le impondrán multas en
las que se tendrá en cuenta "el coste dinerario que en el mercado se
atribuye a esas conductas". El impacto económico de quedar fuera de la
Champions League se estima en varias decenas de millones de euros.
Estas medidas pueden ser impulsadas por la Superliga o decretadas
'motu proprio' por Ruiz de Lara. Así, el artículo 738 de la LEC
determina que "acordada la medida cautelar y prestada la caución se
procederá, de oficio, a su inmediato cumplimiento empleando para ello los medios que fueran necesarios, incluso los previstos para la ejecución de sentencias".
Asimismo, tras la recepción de la notificación, si transcurren 20 días
sin que UEFA y FIFA manifiesten oposición a las cautelares, o si el juez
las ratifica, la Superliga también podría instar su ejecución en Suiza. Esta posibilidad nace del Convenio de Lugano de 2007,
suscrito por los países de la UE con los Estados de la Asociación
Europea de Libre Comercio, entre los que se encuentra también el país
helvético.
La vía del TJUE
En paralelo al contencioso mercantil, el juez madrileño remitió también el mes pasado una cuestión prejudicial al Tribunal de Justicia de la Unión Europea
(TJUE). Es una instancia continental cuya misión es garantizar "el
respeto del Derecho en la interpretación y aplicación" de los Tratados. El juez español ve indicios de monopolio abusivo de FIFA y UEFA con la Superliga y por tanto elevó un auto a este tribunal para que fije posición por medio de seis preguntas.
No obstante, el calendario de plazos del TJUE es mucho más lento que el
que manejan los clubes y la UEFA de cara a la próxima edición de la
Champions League.
El auto procedente de la Justicia española fue registrado el lunes por el TJUE
con el código C-333/21. De este modo, arranca la tramitación de la
cuestión prejudicial. Según informan fuentes de este órgano a El
Confidencial, el siguiente paso consiste en traducir un resumen de la demanda a todos los idiomas de
la Unión Europea. Eso se publica en el diario oficial y se abre un
plazo de alegaciones para las partes afectadas. En este trámite también
puede alegar cualquier Estado miembro si lo considera oportuno, incluida
España, por medio de sus servicios jurídicos.
El juez de Madrid solicitó al TJUE que tramitase la cuestión por la vía rápida.
Las fuentes consultadas estiman que puede tardar meses. Generalmente,
no supera el año. Los casos que son tramitados en cambio por la vía
normal, considerados complejos, tienen una media de duración de 16,4
meses.
La batalla judicial de la Superliga entra en una nueva fase. Casi un mes después de que Manuel Ruiz de Lara, juez titular del Juzgado n.º 17 de Madrid, remitiera a Suiza el auto con las medidas cautelares que prohíben a FIFA y UEFA la adopción de represalias contra los clubes fundadores del macroproyecto —Real Madrid y Barça, entre ellos—, ambos organismos ya han recibido oficialmente la notificación de dicha resolución,
según ha podido confirmar El Confidencial de fuentes jurídicas. Este
paso, aunque pueda parecer un simple formalismo, es de enorme
trascendencia procesal.